El Reglamento (CE) nº 1223/2009 que regula a los productos cosméticos de la UE está en constante cambio. Las formulaciones de los productos implican a una amplia gama de sustancias cuyo impacto sobre la salud de las personas y el medio ambiente provoca cambios en la legislación ya sea para restringir su uso, para prohibirlo o para obligar a determinadas indicaciones en el etiquetado. Pero, aunque parezca difícil de creer estos cambios son mucho más lentos de los que el sentido común impondría. Pueden pasar años desde que se empieza a sospechar de la toxicidad de un determinado ingrediente hasta que el reglamento recoge su prohibición, y más años en ver tal ingrediente desaparecer definitivamente del mercado, teniendo en cuenta que la Comisión suele dar un plazo largo para que la industria se adapte y elimine completamente de sus fórmulas un nuevo ingrediente prohibido.
Las personas consumidoras podemos creer que la legislación vela por nuestros intereses, pero la lentitud de los procedimientos juega en nuestra contra, especialmente cuando se trata de sustancias que se acumulan en nuestro organismo o en el medio ambiente y tienen efectos a largo plazo.
Por suerte tenemos una opción que nos mantiene al margen de vernos afectados por la poca operatividad de los mecanismos de protección que nos ofrecen las autoridades europeas, que es elegir cosmética econatural certificada. La certificación es un proceso voluntario para las empresas que deciden asumir una normativa mucho más estricta basada en evitar todos aquellos ingredientes sobre los que existen sospechas de ser perniciosos para la salud y el medio ambiente y que, a la larga, serán prohibidos en la normativa oficial.
Con la ayuda de Estela Cuadrado, fabricante de cosmética ecológica, creadora de la marca Ártica y divulgadora, vamos a repasar las últimas modificaciones importantes del reglamento para demostrar la lentitud del procedimiento y analizar cómo afecta a los cosméticos econaturales.

Foto izquierda: elaboración mascarilla, Lamia. Derecha: Secando flor de árnica. Taüll Organics


RESTRICCIONES O PROHIBICIONES LEGISLADAS EN 2023
Prohibición de los microplásticos
El Reglamento (UE) 2023/2055 de la Comisión de restricción de los microplásticos añadidos intencionalmente a los productos, afecta a todos los sectores, no solo a la cosmética.
En el caso de la cosmética la prohibición no será efectiva hasta el 16.10.2027 para productos que se aclaran (champú, gel de baños, etc.); hasta 16.10.2029 para las fragancias y productos destinados a permanecer en contacto prolongado con la piel y hasta 16.10.2035 en el caso de maquillaje, pintalabios y laca de uñas, aunque a partir de 2031 deberán indicar en la etiqueta que contiene microplásticos.
En cosmética econatural nunca se han necesitado los microplásticos, como manifestaron el año pasado en una carta abierta a la Comisión Europea varias marcas de cosmética, entre ellas Weleda; cuando precisamente el argumento de la industria convencional para convencer a la Comisión de que son necesarios plazos tan largos para su prohibición total es que no se pueden fabricar ciertos productos cosméticos sin microplásticos.
Dentro de esta prohibición se incluye también el uso de purpurina, pues ésta aplica a “todas las partículas de polímeros sintéticos inferiores a cinco milímetros que sean orgánicas, insolubles y resistentes a la degradación”.
Por lo tanto, afecta a la que está elaborada con plástico no biodegradable, que era lo más habitual hasta ahora. No afecta a la fabricada con otros materiales inorgánicos (metal, cristal), naturales, biodegradables o solubles en agua. En cosmética natural nunca se ha usado la purpurina plástica.

Prohibición de algunas sustancias que se consideran carcinógenas, mutágenas o tóxicas para la reproducción
En 2023 la Comisión publicó el Reglamento (UE) 2023/1490 por el que se modifica el Reglamento (CE) 1223/2009. En total se prohíben 30 sustancias entre las que se incluye la benzofenona que es un filtro solar muy utilizado y está en vigor desde el 1 de diciembre de 2023.
Hay una serie de ingredientes en cosmética que se consideran cancerígenos, mutágenos y/o tóxicos para la reproducción (los CMRs) o bioacumulativos, tóxicos específicos para órganos concretos o alérgenos respiratorios. Continuamente se publican nuevos reglamentos que modifican al Reglamento de cosmética para eliminar o restringir los ingredientes que se pueden usar.
Esta es la última de las modificaciones que prohíbe o restringe ingredientes en cosmética. En el 2022 se publicaron cuatro reglamentos distintos que modificaron el Reglamento CE 1223/2009 añadiendo nuevas prohibiciones o restricciones de ingredientes cosméticos.
En estos momentos está en desarrollo una nueva modificación del reglamento, más profunda que las anteriores, pero se estima que la fecha del primer borrador de este reglamento sea para el 2025 y que no entre en vigor hasta el 2026.
El proyecto de reglamento incluye la prohibición del 4-Metilbencilieno Camfora y restricciones para los compuestos de Vitamina A (Retinol, Acetato de Retinilo y Palmitato de Retinilo), Ácido Kójico, Daidzeína, Genisteína, Arbutina, Alfa- Arbutina, Triclosán y Triclocarbano.

Por otra parte, hay una novedad en la legislación que afecta a todos:
Regulación respecto a las sustancias con posible potencial alergénico
Esta sí afecta a todo tipo de productos, naturales o no, pero es un requisito sobre la información disponible para los consumidores, no sobre restricción de sustancias.
Actualmente hay 26 alérgenos (mayormente presentes en perfumes y aceites esenciales) que los fabricantes de cosmética están obligados a declarar en la etiqueta. El Reg. UE 2023/1545 de 26.07.2023 aumentó esta cifra a 81 sustancias. Hasta el 16.08.2026 se pueden seguir etiquetando productos cosméticos declarando solo alguno de los 26 alérgenos si están presentes y hasta el 16.08.2028 podrán encontrarse en el mercado productos etiquetados según la legislación antigua.
Con respecto a la cosmética natural: de los 26 alérgenos a declarar hasta ahora, hay algunos que no son naturales, por lo que nunca se pueden encontrar en las etiquetas de la cosmética natural auténtica. Ahora pasará lo mismo, pero ampliado a más nombres, pues de estos 81 alérgenos, algunos son naturales y otros no.
Y finalmente, una cuestión: ¿se está teniendo en cuenta el efecto de acumulación del uso de estos ingredientes durante años y de la interacción entre ellos?
Estela nos comenta que los principios de toxicidad han estado basados en «dosis seguras», es decir, que depende de la dosis. Además, los expedientes de información de productos se hacen en función de un único cosmético, no se tiene en cuenta la interacción ni la acumulación. Se calculan en función de la dosis diaria (gramos), el área de aplicación y las aplicaciones (aplicación/día), pero poco más.
La conclusión es clara: si continuamente la legislación europea está prohibiendo ingredientes que hasta ese momento se consideraban seguros, si los plazos de cumplimento con las nuevas restricciones son tan largos, y si no se estudian las posibles interacciones entre distintas sustancias con efecto tóxico, lo más fiable es consumir cosmética econatural certificada.

Publicado en El Botiquín Natural, marzo 2024
Foto de portada de esta noticia, Estela Cuadrado, de Ártica